Dirección General de Planeamiento
1. Proponer al Departamento Ejecutivo las políticas específicas de los temas de su competencia natural como el desarrollo urbano, el ordenamiento territorial y usos del suelo, el planeamiento, el registro de las variables físicas del territorio, el catastro inmobiliario, la problemática del hábitat y ejecutar las aprobadas.
2. Proponer al Departamento Ejecutivo las políticas relativas al fortalecimiento de la identidad local y ejecutar las aprobadas, ejerciendo para ello la representación municipal en todos aquellos ámbitos externos útiles a tal fin, especialmente aquellos vinculados a la materia urbanística.
3. Coordinar y supervisar las dependencias a su cargo, instruyendo la implementación de los cursos de acción aprobados.
4. Reemplazar a los Directores dependientes y resolver en su ausencia.
5. Efectuar el proyecto de presupuesto de gastos e inversiones de las Direcciones a su cargo.
6. Prestar conformidad a todos los dictámenes, resoluciones y proyectos que emitan las direcciones a su cargo y resolver los expedientes de su competencia.
7. Capacitar, analizar y divulgar la problemática y resolución de las cuestiones urbanísticas desde la óptica de la gestión municipal, con el propósito de propender a la sustentabilidad del espacio urbano.
8. Dirigir el Despacho administrativo de la Dirección General.
9. Aprobar los aspectos urbanísticos y de morfología urbana de intervenciones de alto impacto, tanto públicos como privados.
10. Intervenir en todo trámite relacionado con inmuebles fiscales, promoviendo el desarrollo y mantenimiento del patrimonio inmobiliario municipal acorde a las necesidades y requerimientos de la administración.
11. Intervenir en la gestión para la disposición de inmuebles destinados a programas de regularización territorial de interés público.
12. Intervenir en la integración urbana de asentamientos irregulares, a través de su mejoramiento habitacional y de la regularización física y legal.
13. Realizar censos, relevamientos, análisis y diagnósticos de la población a fin de evaluar sus características generales, que permitan formular adecuadas estrategias de intervención.
14. Tener intervención obligatoria en toda compra o venta de tierras fiscales.
15. Tener intervención en las políticas habitacionales del municipio.
16. Tener intervención en las políticas de custodias de los inmuebles fiscales.