Dirección de Faltas
1. Impartir la justicia de faltas en representación del Intendente Municipal, conforme a las normas jurídicas cuya aplicación sea pertinente.
2. Notificar a los infractores y efectuar las citaciones que correspondan.
3. Instruir las audiencias de descargo.
4. Aconsejar la aplicación de medidas cautelares, sanciones, apercibimientos, y amonestaciones por infracciones cometidas por transgresiones a las normas jurídicas de juzgamiento municipal.
5. Preparar los proyectos de Resoluciones y Sentencias.
6. Sustituir, en segundo término, en caso de ausencia, al Director de Asuntos Legales y la Directora de Garantías.
7. Sustituir, en tercer término, en caso de ausencia, a la Directora de Judiciales y a la Directora de Apremios.