El programa de articulación administrativa, está destinado al entrenamiento del personal de las oficinas administrativas o despachos administrativos, con una duración no mayor al mes, ejecutado en el mismo lugar de trabajo y desde las funciones propias que cada agente detenta, con la finalidad de asegurar eficiencia mínima en el manejo administrativo interno y en la articulación administrativa con el resto del municipio.
El programa es de carácter voluntario y se aplica solo a las dependencias que lo soliciten formalmente, comprometiéndose a asegurar su desarrollo y la colaboración de sus autoridades jerárquicas en cuanto a la disponibilidad de recursos y la plena participación del personal administrativo.
Cualquiera sea la denominación con la que se designe (despacho administrativo, departamento administrativo, secretaria privada, etc.) se entiende como destinatario específico del programa al agente o agentes municipales que brindan un SERVICIO DE APOYO ADMINISTRATIVO al titular de la estructura organizativa de la que dependen, ya sea que figure en el organigrama municipal (decreto 1505/00) como departamento, dirección o subdirección, en el organigrama propio de la dependencia, como área o división o simplemente se trate de un solo agente.
Para el programa esta estructura se la denominará en adelante como “ DESPACHO”.
Se entiende como SERVICIO DE APOYO ADMINISTRATIVO a la actividad desarrollada por el DESPACHO para asegurar que el titular de la dependencia tenga los elementos necesarios para que sus decisiones sean tomadas cumpliendo con las normas del PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO y con la mayor eficiencia en razón de oportunidad, mérito y conveniencia.
A los efectos de este programa se entiende al PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO como la sucesión legalmente ordenada de hechos y actos tendientes al nacimiento de una decisión final válida por parte de un órgano competente del departamento ejecutivo.
El cliente específico del DESPACHO es el titular de la dependencia a la que le presta el servicio, pudiendo ser de acuerdo a su posición, un jefe de departamento, un director, un director general, un subsecretario, un secretario o el mismo intendente.
Son partes interesadas en el funcionamiento del DESPACHO, el resto de las dependencias municipales, la totalidad del personal de la misma dependencia y el público en general con las que la oficina articula.
Para este programa se entiende por ARTICULACIÓN la coordinación de la oficina con el resto de las estructuras municipales y el público en general, desde el mero punto de vista instrumental y administrativo y no desde la generación y ejecución de políticas, ya que el programa está destinado a la oficina administrativa y no a su autoridad jerárquica.
Los alcances e implementación del programa están descriptos en el CUADERNILLO 1 PROAA “EL PROGRAMA” La autoridad de aplicación del programa es la Dirección General de Administración.
Cuando un despacho culmina exitosamente el programa se otorga un certificado a la oficina y la acreditación de puntos a todos sus integrantes.