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HCD | Generalidades

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¿Dónde funciona el Concejo Deliberante?

El Honorable Concejo Deliberante de Malvinas Argentinas se encuentra ubicado en Miguel Araoz 2549, inmueble proyectado y construidos con fondos municipales.

¿Cómo se compone el Honorable Concejo Deliberante ?

Lo conforman los concejales. La cantidad de concejales está estipulado por la ley orgánica de las municipalidades que rige a todas las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Malvinas Argentinas tiene el máximo de concejales permitido por esta ley, que son 24, esto se calcula por la cantidad de habitantes de la ciudad. (Ley Orgánica de las Municipalidades - Capítulo I - Art. 2º)

¿Cuáles son las funciones de un concejal?

Un concejal es una persona elegida por el pueblo para defender los derechos de los vecinos, procurándoles mayores servicios con el propósito de mejorar su calidad de vida, elevando al Departamento Ejecutivo (Municipalidad de Malvinas Argentinas) proyectos y propuestas para que éste los haga cumplir.
Se preocupa por obras, servicios, cultura y educación. El Honorable Concejo Deliberante de Malvinas Argentinas está formado por 24 concejales, organizados en distintas comisiones para desarrollar un trabajo fecundo y coherente.

Un concejal generalmente surge de la acción vecinalista o de instituciones donde se destaca por su sensibilidad social, primera condición para ejercer una concejalía.

Además se requiere:

  1. Honestidad probada
  2. Capacidad de diálogo
  3. Creatividad para encontrar soluciones a los problemas que se les plantea
  4. Conocimiento de los canales aptos para peticionar o derivar asuntos y capacidad para operar su seguimiento.
  5. Fortaleza para llevar adelante las empresas que se propone
  6. Convicción sobre la importancia de su rol para alcanzar objetivos comunitarios.

¿Qué requisitos exige la ley para acceder a una concejalía?

Para ser elegido concejal se debe ser mayor de 25 años, saber leer y escribir, con un año de domicilio anterior a la elección en el municipio y si son extranjeros, además tener 5 años de residencia en el país.

¿Cómo funciona el Concejo Deliberante?

Los concejales se convocan a través de sesiones, además de las reuniones de comisión que cada una de ésta propone.

El HCD está dividido en comisiones integradas por cinco concejales cada una, que analizan por temáticas los expedientes ingresados.

Las comisiones son:

  1. Hacienda, Presupuesto,Cuentas,Impuestos Y Contralor
  2. Servicios Publicos,Transito Y Transporte
  3. Salud, Familia Y Moralidad
  4. Industria Y Accion Cooperativa
  5. Cultura, Educacion Y Derechos Humanos
  6. Interpretacion, Reglamento Y Asuntos Legales
  7. Obras Publicas, Pavimentacion Y Urbanismo
  8. Accion Social
  9. Comercio Y Abastecimiento
  10. Medio Ambiente
  11. Deporte, Turismo Y Recreacion
  12. Seguridad Y Relaciones Institucionales
  13. Vivienda, Planeamiento, Hidraulica Y Zonas Inundables
  14. Tripartita

¿Qué es una sesión?

Es una reunión de concejales conducida por uno de ellos electo como presidente durante la cual se tratan asuntos de incumbencia del Concejo, de acuerdo con un Orden del Día, votándose las decisiones.

¿Cómo se clasifican las sesiones?

Las sesiones pueden ser:

Ordinarias
Son las sesiones que se llevan a cabo durante los meses de marzo a junio y de agosto a diciembre. Se denomina "período ordinario" al lapso que transcurre de marzo a diciembre de cada año.

Extraordinarias
Son las sesiones que se convocan fuera del calendario de sesiones ordinarias, ya sea por propia iniciativa o solicitadas por el Departamento Ejecutivo.

Preparatorias
Son las que se desarrollan cuando se renuevan parcialmente los concejales.


¿Son públicas las sesiones del Concejo?

Sí, las sesiones son de público acceso.

¿Qué significa "Quórum"?

Es el número mínimo de concejales requeridos para la toma de decisiones. Para formar el quórum legal es necesaria la presencia de la mitad más uno de los concejales.

¿Qué es el Diario de Sesiones?

La oficina de taquigrafía del Concejo tiene la misión de transcribir todo lo que se dice en las sesiones: debates, nómina de todos los asuntos que tienen entrada al cuerpo mediante expedientes, la trascripción de los proyectos con los nombres de los respectivos autores, etc.

Las versiones taquigráficas, una vez visadas por los distintos bloques, son aprobadas y firmadas por el Presidente y el Secretario del Concejo. De este modo, se constituyen en Actas de las Sesiones del Cuerpo.

El Diario de Sesiones es, por lo tanto, una recopilación de todas las actas aprobadas en las sesiones del Concejo Deliberante.

¿Dónde se reúnen los concejales para celebrar sus reuniones?

En una sala especialmente equipada para tal fin, denominada "Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante".

¿Cómo elevan sus proyectos y pedidos los concejales?

Los proyectos y pedidos toman distintas formas:

  1. Ordenanzas (Reglamento interno - Art. 55º)
  2. Resoluciones (Reglamento interno - Art. 57º)
  3. Decretos (Reglamento interno - Art. 56º)
  4. Minutas de Comunicación (Reglamento interno - Art. 58º)

¿Qué es una Ordenanza?

Es un dictamen destinado a legislar o dictar disposiciones de carácter permanente o a reformar, abolir o suspender otra ordenanza o regla general.

¿Qué es una Resolución?

Es una proposición que tiene por objeto exponer la opinión del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público.

¿Qué es un Decreto?

Es una decisión que niega o rechaza solicitudes particulares, proyectos, etc., o tiende a adoptar medidas relacionadas con la organización interna del Concejo.

¿Qué es una Minuta de Comunicación?

Es un informe destinado a recomendar, requerir información o exponer algo al Departamento Ejecutivo (Municipalidad de Malvinas Argentinas).