Dirección de Apremios
1. Recepcionar y registrar los certificados de deudas, base de las ejecuciones.
2. Confeccionar, presentar, continuar y finiquitar las demandas judiciales pertinentes.
3. Confeccionar y hacer suscribir convenios con el contribuyente que tenga juicio iniciado.
4. Implementar la procuración de las causas en trámite.
5. Presentarse en concursos y quiebras a verificar créditos a partir del 2 de mayo de 2008.
6. Sustituir, en segundo término, en caso de ausencia, a la Directora de Judiciales.
7. Sustituir, en tercer término, en caso de ausencia, al Director de Dictámenes.