1. Asistir al Subsecretaria de Seguridad Municipal, en todo lo inherente a las emergencias y eventos adversos que se presenten en el Distrito.
2. Establecer las políticas generales de Defensa Civil en el ámbito Municipal.
3. Establecer convenios con la Nación y demás Provincias.
4. Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal la declaración en Estado de Emergencia de una parte o todo el Distrito.
5. Fijar los objetivos, orientación y amplitud de programas de difusión de Defensa Civil en todas las etapas de la enseñanza pública y privada.
6. Fijar Zonas de Riesgo según la naturaleza del peligro potencial y la probable dispersión geográfica del mismo, confeccionando el Mapa de Riesgo.
7. Promover en cada Zona de Riesgo, la creación de Servicios de Defensa Civil con capacidad de respuesta ante el peligro potencial previsto, fomentando la organización de Comités Zonales de Defensa Civil.
8. Establecer planes de contingencia y programas de Defensa Civil.
9. Centralizar y dirigir las tareas de distribución de los medios de ayuda a los damnificados.
10. Promover la creación y actividad de asociaciones cuyo objeto social se relacione total o parcialmente con la Defensa Civil.
11. Orientar a la ciudadanía en general sobre aspectos de la Defensa Civil, capacitando y difundiendo a través de los medios de comunicación masiva, las medidas necesarias para asegurar la autoprotección y la conciencia de solidaridad en momentos de catástrofes.
12. Adoptar toda otra medida que resulte necesaria para asegurar la protección de la población y de los bienes públicos y privados.
13. Inspeccionar Técnicamente en materia de seguridad para la venta de pirotecnia.