JUBILADOS
Requisitos
Deberá presentar original y fotocopia de:
- Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica.
- Recibo de cobro del beneficio, uno por año (de los primeros meses) desde 2008 o desde que empezó a cobrar.
- Extranjero debe presentar constancia de su embajada que no cobra beneficio previsional de su país de origen.
- Título de propiedad a nombre del beneficiario (Escritura, boleto de compraventa y libreta de pago).
- Recibo de tasa municipal por C.V.P.
- Alguna documentación donde figuren los m2 edfiicados de la propiedad (planos o croquis o croquis hecho a mano).
- El apoderado con su DNI y la documentación podrá gestionar el trámite sin la presencia del beneficiario.
Recuerde tener en cuenta:
- Debe poseer un beneficio como único ingreso.
(LOS CÓNYUGES NO DEBERÁN COBRAR AMBOS)
- Tener domicilio en el partido de Malvinas Argentinas.
(RESIDIR EN EL INMUEBLE)
- Ser único propietario.
(NO MAS DE UN TITULAR)
- Tener el Impuesto a su nombre.
(DEL QUE INICIA EL TRÁMITE O BIEN DE SU CÓNYUGE)
- El tipo de vivienda deberá ser Unifamiliar.
(NO ALQUILADA ,UNA SOLA CASA , SIN LOCAL, NI COMERCIO)
- No debe estar en Zonicación Residencial Exclusiva.
- Supercie total construida de 180 m2 como máximo.
Lugar para acceder al beneficio y/o consultas
PALACIO MUNICIPAL - SUBSECRETARIA DE INGRESOS TRIBUTARIOS
Av. Presidente Perón 4276 Planta Baja Los Polvorines
Lunes a Viernes de 8 a 16 Horas
CORREO ELECTRÓNICO
sit@malvinasargentinas.gov.ar
TELÉFONO
(011) 4660-9000 interno 1261
PENSIONADOS
Requisitos
Deberá presentar original y fotocopia de:
- Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica.
- Recibo de cobro del beneficio, uno por año (de los primeros meses) desde 2008 o desde que empezó a cobrar, la pensión.
- Extranjero deben presentar constancia de su embajada que no cobra beneficio previsional de su país de origen.
- Título de propiedad a nombre del beneficiario (Escritura, boleto de compra- venta y libreta de pago).
- Recibo de tasa municipal por C.V.P a su nombre (como contribuyente pasar por distribución)
- Alguna documentación donde figuren los m2 edificados de la propiedad (planos o croquis hecho a mano).
- El apoderado con su DNI y la documentación podrá gestionar el trámite sin la presencia del beneficiario.
- Certificado de defunción del cónyuge, certificado o acta de matrimonio.
Recuerde tener en cuenta:
- Debe poseer un beneficio como único ingreso.
(SOLAMENTE COBRAR LA PENSIÓN , SI TIENE JUBILACIÓN NO CORRESPONDE)
- Tener domicilio el partido de Malvinas Argentinas.
(RESIDIR EN EL INMUEBLE)
- Ser único propietario. (NO MAS DE UN TITULAR)
- Tener el Impuesto a su nombre.
(DEL QUE INICIA EL TRÁMITE EL BENEFICIARIO)
- El tipo de vivienda deberá ser Unifamiliar.
(NO ALQUILADA ,UNA SOLA CASA , SIN LOCAL, NI COMERCIO)
- No debe estar en Zonificación Residencial Exclusiva.
- Superficie total construida de 180 m2 como máximo.
Lugar para acceder al beneficio y/o consultas
PALACIO MUNICIPAL - SUBSECRETARIA DE INGRESOS TRIBUTARIOS
Av. Presidente Perón 4276 Planta Baja Los Polvorines
Lunes a Viernes de 8 a 16 Horas
CORREO ELECTRÓNICO
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TELÉFONO
(011) 4660-9000 interno 1261
CARENCIADOS
Requisitos
Deberá presentar original y fotocopia de:
- Nota dirigida al intendente solicitando la eximición y explicando porque no puede pagar Impuesto Municipal
- Certificados médicos y/ o de discapacidad de corresponder
- DNI, LE o LC del titular y del grupo familiar conviviente.
- Título de propiedad (Escritura, boleto de compra- venta y libreta de pago) a nombre del solicitante o cónyuge
- Recibo de tasa municipal por C.V.P.
- Alguna documentación donde figuren los m2 edificados de la propiedad (planos o croquis hecho a mano).
- Recuerde que no corresponde si hay más de una vivienda.
Recuerde tener en cuenta:
- Este trámite se realiza POR ÚNICA VEZ.
- Queda a resolución de la vista Socio-ambiental , conforme a la factibilidad presupuestaria.
- Tener domicilio el partido de Malvinas Argentinas.
(RESIDIR EN EL INMUEBLE).
- Ser único propietario
(NO MAS DE UN TITULAR).
- Tener el Impuesto a su nombre
(DEL QUE INICIA EL TRÁMITE O BIEN DE ALGUNOS DE LOS CONYUGES).
- El tipo de vivienda deberá ser Unifamiliar
(NO ALQUILADA, UNA SOLA CASA, SIN LOCAL, NI COMERCIO).
- No debe estar en Zonificación Residencial Exclusiva.
- Superficie total construida de 180m2 como máximo.
Lugar para acceder al beneficio y/o consultas
PALACIO MUNICIPAL - SUBSECRETARÍA DE INGRESOS TRIBUTARIOS
Av. Presidente Perón 4276 Planta Baja Los Polvorines
Lunes a Viernes de 8 a 16 Horas
CORREO ELECTRÓNICO
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TELÉFONO
(011) 4660-9000 interno 1261
DISCAPACITADOS
Requisitos
Deberá presentar original y fotocopia de:
- Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica.
- Certificado de discapacidad actualizado.
- Extranjero deben presentar constancia de su embajada que no cobra beneficio previsional de su país de origen.
- Título de propiedad a nombre del beneficiario (Escritura, boleto de compra- venta y libreta de pago).
- Recibo de tasa municipal por C.V.P. a nombre de del que tramita, o cónyuge.
- Alguna documentación donde figuren los m2 edificados de la propiedad (planos o croquis o croquis hecho a mano).
- El apoderado con su DNI y la documentación podrá gestionar el trámite sin la presencia del beneficiario.
Recuerde tener en cuenta:
- Debe poseer certificado de Discapacidad actualizado.
(LOS CÓNYUGES NO DEBERÁN COBRAR AMBOS JUBILACIÓN Y PENSIÓN).
- Tener domicilio el partido de Malvinas Argentinas
(RESIDIR EN EL INMUEBLE).
- Ser único propietario
(NO MAS DE UN TITULAR).
- Tener el Impuesto a su nombre
(DEL QUE INICIA EL TRÁMITE).
- El tipo de vivienda deberá ser Unifamiliar
(NO ALQUILADA ,UNA SOLA CASA ,SIN LOCAL ,NI COMERCIO).
- No debe estar en Zonificación Residencial Exclusiva.
- Superficie total construida de 180m2 como máximo.
Lugar para acceder al beneficio y/o consultas
PALACIO MUNICIPAL - SUBSECRETARÍA DE INGRESOS TRIBUTARIOS
Av. Presidente Perón 4276 Planta Baja Los Polvorines
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VETERANOS DE GUERRA
Requisitos
Deberá presentar original y fotocopia de:
- Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento
- Certificado de Veterano de Guerra expedido por el órgano de control correspondiente
- Título de propiedad a nombre del beneficiario (Escritura, boleto de compra-venta o libreta de pago).
- Recibo de tasa municipal por C.V.P.
- Alguna documentación donde figuren los m2 edificados de la propiedad (planos o croquis).
- El apoderado con su DNI y la documentación podrá gestionar el trámite sin la presencia del beneficiario.
Recuerde tener en cuenta:
- Certificado de Veterano de Guerra expedido por el órgano de control correspondiente.
- Tener domicilio en el partido de Malvinas Argentinas.
(RESIDIR EN EL INMUEBLE).
- Ser único propietario
(NO MÁS DE UN TITULAR).
- Tener el impuesto a su nombre
(DEL QUE INICIA EL TRÁMITE O BIEN DE ALGUNOS DE LOS CONYUGES).
- El tipo de vivienda deberá ser Unifamiliar
(NO ALQUILADA, UNA SOLA CASA SIN LOCAL NI COMERCIO).
- No debe estar en Zonificación Residencial Exclusiva.
- Superficie total construida de 180m2 como máximo.
Lugar para acceder al beneficio y/o consultas
PALACIO MUNICIPAL - SUBSECRETARÍA DE INGRESOS TRIBUTARIOS
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ENTIDADES
Requisitos
Deberá presentar original y fotocopia de:
- Nota membretada dirigida al intendente solicitando la eximición.
- DNI, LE o LC del representante legal quien firmará la solicitud.
- Estatutos aprobados de la sociedad; personería jurídica; reconocimiento del ministerio Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; ministerio de Educación; provincial o municipal según corresponda acorde al tipo de entidad.
- Título de propiedad a nombre de la institución.
- Recibo de tasa municipal por C.V.P a nombre de la entidad.
Recuerde tener en cuenta:
- Este tramite se realiza POR AÑO EN VIGENCIA.
- Queda a resolución conforme a la factibilidad presupuestaria en vigencia.
- Tener el Impuesto a nombre de la entidad.
- Las fundaciones, instituciones y entidades de bien público, deportivas, culturales, gremiales y religiosas que desarrollen actividades beneficiosas para la comunidad y que acrediten reconocimiento oficial e inscripción en los registros municipales, cuando los hubiera.
- Solo se aplicará a aquellos inmuebles afectados a las actividades descriptas, en el marco de los objetivos propios de cada institución.
- Las entidades educativas estatales y otras instituciones estatales dedicadas a la salud y al desarrollo humano, cuando estos servicios fueran dados en forma libre y gratuita.
Lugar para acceder al beneficio y/o consultas
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